El oficio de pregonero tiene su
origen en los heraldos o praecones de
la Antigua Roma. La palabra pregonero (praeconis)
procede del latín praeco (pregón),
formado por el prefijo prae-(
delante, antes) y la raíz del verbo
vocare ( llamar, citar, nombrar algo en voz alta)
Estos praecones, o pregoneros, eran unos funcionarios públicos de la
Antigua Roma que, entre muchas de sus atribuciones, pregonaban los avisos
oficiales, ponían orden en las asambleas y en los tribunales, llamaban a la
asistencia, al orden y al silencio en los juegos y espectáculos públicos o
convocaban a las partes en los procesos jurídicos.
En la Baja Edad Media, con el
crecimiento poblacional de las ciudades, el asentamiento de nuevos burgos y el
general aumento de la población en pueblos y villas gracias a las cartas puebla, fue haciéndose necesaria la
instauración de la figura del pregonero por parte de los Concejos para informar
a los vecinos de todo cuanto fuera necesario o pudiera interesarles. Al mismo tiempo,
el progresivo incremento de la actividad
comercial a lo largo de este período en muchos pueblos y ciudades, hizo que se
fortaleciera y desarrollara el oficio de “mediador” comercial, empezando a
forjarse, prácticamente a la vez que el pregonero, la identidad del “corredor
público” como auxiliar de comercio. Su lugar de trabajo eran los mercados y las
almonedas (subastas), pero en
adelante veremos su estrecha relación con la actividad del pregonero, hasta tal
punto que en los documentos oficiales, éstos, los pregoneros, son llamados corredores públicos.
Con
el transcurso de los siglos las funciones del corredor han ido evolucionando y aumentando; pero en un principio,
para encontrar los orígenes de esta actividad de corredor público, como tal
“mediador comercial”, nos tenemos que remontar a la Baja Edad Media. Aunque, y
para ser más exactos, ya en la Antigua Roma también los praecones (pregoneros) ejercieron como corredores en actividades comerciales privadas. La primera
referencia que tenemos de ello la encontramos en el De agricultura de Catón, donde en el caso de una compra de olivas
se establece que el comprador deberá pagar, además del precio alcanzado, una centesima de la suma total, teniendo en
cuenta que el praeconium (el pregonero)
cuesta 50 sestercios[1].
O sea, que llamar “pregonero” a un “mediador comercial” ya viene de lejos.
En las Partidas de Alfonso X se
define a los corredores como los que
“andan en las almonedas e venden las
cosas, pregonando, quanto es lo que dan por ellas e porque andan corriendo de una parte a la otra, mostrando las cosas
que venden, por eso son llamados Corredores”, además, también dispone que “el corredor debe decir muchas vegadas (veces) a grandes vozes” lo que ofrecen los postores por lo que se subastan
las cosas[2].
El hecho de que vaya voceando a viva voz y de ir corriendo
de un lugar a otro mostrando, divulgando y
pregonando la mercancía, es lo que
le aproxima al oficio de pregonero, por eso, ya en la Edad Media, a estos corredores les llamaban pregoneros, pues la forma de actuar era
la misma en ambas actividades: ir de un lado para otro, corriendo y anunciando
o pregonando en voz alta.
Además, se da la circunstancia
que en algunos municipios o lugares, generalmente pequeños, en los que no existía la figura del corredor público, era el pregonero del
concejo quien hacía las veces de corredor,
existiendo Ordenanzas que establecían lo que tenía que percibir el pregonero
por pregonar las mercancías del que quisiera venderlas y el porcentaje a percibir
por su venta. En otras ocasiones sucedía al contrario, era el corredor público
quien se encargaba de pregonar las disposiciones del Concejo.
Esta sutil diferencia, el hecho
de que ambas actividades “nacieran” prácticamente al mismo tiempo, que a sendos
oficios los llamaran pregoneros, y con
una forma de actuar muy semejante donde, además, a veces, unos ejercían las
funciones de los otros, y viceversa, es
lo que ha originado que, en un principio, en muchas ocasiones, separar sendas
actividades resultara algo enrevesado, confuso y dificultoso.
De todos modos, lo que sí es
cierto y aclaratorio es que el origen de la profesión de pregonero proviene de
los praecones romanos y son empleados
públicos que tienen por oficio anunciar en voz alta las disposiciones del
Concejo, percibiendo un salario de éste, mientras que los corredores públicos intervienen en la “venta comercial” pregonada o
voceada, vendiendo cosas por encargo de particulares, mediando en las
transacciones y recibiendo a cambio una comisión de las partes.
En Sos del Rey Católico aparece
la figura del corredor público en varios
documentos de los siglos XV y XVI, deduciendo, por los sermones pregonados, que
no se trata de corredores como tales,
sino de pregoneros que recorren las plazas y calles de la villa voceando las
ordenanzas y disposiciones del Concejo para conocimiento del vecindario.
Así, vemos cómo el 14 de
diciembre de 1454, Anthon de Garderas, corredor
público y en la Plaza común de la
Villa, hace la crida (el anuncio, el pregón)
por el que el gobernador del Reino de Aragón prohíbe sacar trigo de Sos bajo
pena de perder la mercancía y las bestias o ganados que lo portaran. También
fija el precio del trigo, bajo pena de multa si se sobrepasa lo establecido, y
faculta a los oficiales de la villa para requisar las reservas del mismo a
particulares con el fin de venderlas a los vecinos necesitados según el precio
estipulado.[3]
En dicho documento se menciona a
Anthon de Garderas como “…corredor
publico de la dita villa”, que”…por
voz e pregon…fue feyta la presente
crida…” Aquí vemos un claro ejemplo de lo expuesto anteriormente: cómo
Garderas es reconocido como “corredor público” y sin embargo está realizando
las funciones de pregonero al divulgar “por voz”, “en la plaza” un “pregon” que
no es sino un mandato municipal, como todos los que a continuación vamos a ver.
Los pregones solían realizarse
siempre “por los lugares públicos y
acostumbrados”, repitiéndose el pregón en cada lugar público de la ciudad o
pueblo con el fin de que llegara a los oídos de todos los vecinos. De nuevo, en
noviembre de 1484, el “corredor público de la villa de Sos, Anthon de Garderas”
pregona “por los lugares acostumbrados”
la prohibición de El Justicia y los jurados de Sos de que los vecinos de la
villa fueran a Sangüesa, Navardún, Lumbier y otras villas, castillos y lugares
del Reino de Navarra por los destrozos y robos que los navarros hacen en el
Reino de Aragón, bajo pena de prisión; al mismo tiempo que dispone de algunas
ordenanzas y disposiciones para la defensa de la villa[4],
y en el mes de marzo del año siguiente (1485) el mismo Garderas pregona la
tregua que el Gobernador de Aragón ha ordenado hasta el día 20 de marzo con el
reino de Navarra, informando a los oficiales de la villa de haber pregonado
esta tregua a los habitantes[5]
Otros corredores públicos en Sos fueron Martín de Jaz, que el 8 de
septiembre de 1495 pregonó la prohibición de vendimiar sin licencia de los
oficiales, bajo multa, al mismo tiempo que pregona la ordenanza de que los
ganados abandonen las ventas de la Bardena, los montes y otros términos de Sos
hasta el próximo día de Santa Cruz de mayo[6],
y el día 10 de septiembre de 1497 el mismo Martín de Jaz comunica al Justicia y
los jurados de la villa que ha pregonado a los vecinos la prohibición de sacar
trigo y otros cereales del Reino de Aragón, so pena de multa[7].
Otros documentos de1499[8]
y de 1501[9]
nos hablan de los pregones divulgados por el corredor público García de la Pieza sobre otros temas,
ordenanzas y prohibiciones del Concejo.
El 15 de octubre de 1508, el corredor púbico Sancho Abarzuza,
pregona la prohibición, durante cinco
meses, de dañar a personas y bienes del Reino de Navarra, bajo pena de perder
la vida y los bienes[10]
En 1515 el corredor público Martín Cosino pregona la orden de que los ganados
abandonen las ventas ordinarias y el término de El Real bajo penas de multas[11]
Otros corredores públicos de Sos fueron: Juan Corino (1425), Martín de
las Parras (1427), Miguel de la Glera (1432), Fernando de Quintana (1456), o
Pedro de Morlanes (1475), pero todos ellos, aunque llamados “corredores
públicos” , aparecen, como hemos visto, pregonando disposiciones y ordenanzas
del Concejo de Sos, lo que no quiere decir que también desviaran sus funciones
hacia otras actividades comerciales privadas actuando de mediadores, y por eso
son llamados “corredores” y no pregoneros.
Es a partir del siglo XVI, con
el gran crecimiento poblacional y comercial de los reinos cristianos, con la
entrada masiva de metales preciosos procedentes de América y otras nuevas
mercadurías, cuando el corredor público
empieza a diferenciarse, especializarse y “separarse” más claramente de la
figura del pregonero, pues sus actividades son cada vez más complejas.
Ya los Reyes Católicos dictaron
algunas leyes en 1491 regulando la actividad de los corredores, así como sus
sucesores Carlos I o Felipe II, algunas de las cuales aparecen en la “Novísima
Recopilación de las Leyes de España”[12].
El progresivo aumento de las competencias de los corredores y su complejidad hizo
que se crearan, en el siglo XVII, diferentes grupos de corredurías,
pertenecientes a una Corporación, apareciendo ya colegiados o agrupados en
Universidades en la que se regían por sus propias Ordenanzas, diferenciándose ya,
con más claridad, de la actividad propia del pregonero.
Así, por ejemplo, en la ciudad
de Sevilla, en el siglo XVI, aparece la figura del corredor de Lonja, según nos narra Alonso
Morgado: “Para mejor avio, y negociación
en qualesquiera tratos, y negocios de Mercaderias, proveyeron los Reyes
antepasados, que uviesse en Sevilla Corredores, que llama Lonja. Los quales
sirviesen como sirven oy dia por sus oficios, de concertar, y avenir a los
Mercaderes naturales y estrangeros en qualesquiera tratos, y ventas, sin que
los tales Mercaderes tengan, que salir de sus casas, o de sus Naos”[13]. Aunque a estos corredores se les unían los pregoneros,
que no querían olvidar aquella primera actividad que realizaron en sus
orígenes, pues además les reportaba unos dineros extras. Morgado, en la
Historia de Sevilla anteriormente citada señala un poco más adelante que en las
Gradas de la catedral de Sevilla “asisten
de ordinario todos los días, que no son de guardar, aquellos Pregoneros, que
por excelencia y ancianía (conforme a sus Ordenanças) traen Almonedas, y venden, quanto les da que
vendan”[14]
El pregonero moderno, el
tradicional, aquel entrañable personaje que aún podía verse a mediados del
siglo pasado por algunos pueblos de España, lo define la R.A.E. como el Oficial
Público que en voz alta da los pregones, publica y hace notorio lo que se
quiere hacer saber a todos.
El
pregonero tradicional fue el único medio de comunicación social existente en el
entonces generalizado analfabetismo rural. En una época en la que mucha gente
no sabía leer, este humilde y carismático personaje mantenía informada a la
población de todo cuanto podía ser de interés para el vecindario, así como de
las ordenanzas municipales a través de los bandos,
verbas o cridas. Bandos de muy
diversa índole: asuntos municipales, vecinales, informativos, prohibiciones,
festejos, visitas importantes, presencia de vendedores ambulantes, anuncios de
objetos perdidos, asuntos vecinales, bélicos, religiosos, sanitarios… Además,
los vecinos podían solicitar sus servicios para pregonar asuntos personales
(pérdida de algún objeto, extravío de alguna res, una venta, una subasta…) previo pago de un pequeño canon.
El pregonero solía “llamar” a
los vecinos del municipio “a son de pita” haciéndose acompañar de un tambor,
trompeta, campana, gaita, corneta, chinfla, turuta o trompetilla, según los lugares y del
contenido del pregón, dando fe de haber realizado el pregón haciéndolo constar
por medio de diligencia en la propia normativa pregonada.
Antigua trompetilla de pregonero |
Actualmente, un corredor púbico es un funcionario que tiene carácter de Notario, dedicado a la contratación de efectos públicos, valores industriales y mercantiles, mercaderías y otros actos de comercio. Es decir, que el corredor público, llamado también corredor de comercio, se ocupa de las transacciones legales que rige a las actividades económicas aplicando los ordenamientos jurídicos correspondientes. El licenciado mexicano Enrique Cárdenas García comenta que el corredor público “es un profesional del derecho que auxilia al empresario en sus negocios, siendo un mediador que funge como perito valuador de todo tipo de bienes. Además es asesor, árbitro y fedatario público que tiene por objetivo agilizar y dar seguridad jurídica a las operaciones en las que participa”[15]. Es decir, que el “corredor público” se ha especializado y tiene otras connotaciones mucho más complejas y variadas de las que tuvo en sus orígenes en la Edad Media, mientras que el entrañable pregonero ha desaparecido prácticamente de todos los municipios españoles. La progresiva alfabetización de la gente, la proliferación de prensa escrita, la generalización de los bandos impresos y la progresiva aparición de nuevos canales informativos, fueron provocando paulatinamente la desaparición de la figura del pregonero y su rudimentario y artesanal canal informativo y sólo es recordado en algún pueblo con motivo de sus fiestas o en algún acto simbólico, aunque aún queda algún Ayuntamiento de la geografía española que, resistiéndose a la desaparición de este carismático personaje, todavía conserva este viejo oficio, como ocurre en el pueblo conquense de La Frontera, entre otros.
[1] Catón. De agricultura, 146.1, en García
Morcillo, Marta. Las ventas por subasta
en el mundo romano: la esfera privada, p.145.
[2] Ley 33,
Titulo 26, 2ª Partida.
[3] A.H.P.S.
Juan Zareco. P. 402, ff. 22-22v.
[4] A.H.P.S.
Miguel del Sen. P. 446, ff. 37-38.
[5] A.H.P.S.
Miguel del Sen. P. 446, f.13.
[6] A.H.P.S.
Miguel del Sen, P. 453, ff. 48-48v.
[7] A.H.P.S.
Miguel del Sen. P. 455, f. 27.
[8] A.H.P.S.
Miguel del Sen. P. 456, ff.45-45v
[9] A.H.P.S.
Miguel del Sen. P. 458, f. 18v.; p. 458, f. 43v.
[10]
A.H.P.S. Miguel del Sen. P. 464, ff. 87v-88.
[11]
A.H.P.S. Gil García de Urriés. P. 507 C, f. 80.
[12] “Novísima Recopilación de las Leyes de España
mandadas formar por el señor Don Carlos IV”, de 1805. Edición digital. Libro
IX, Título VI. www.boe.es
[13] Alonso Morgado.
Historia de Sevilla, L. II, f. 55v
[14] Idem,
f. 56.
[15] Jorge
Chávez. “El corredor público: cuál es su función” Revista inmobiliaria Real
Estate Guide. Abril, 2018, pp. 18-19. Guadalajara (México).
BIBLIOGRAFÍA
-ABELLÁ SAMITIER, JUAN. Selección de documentos de la villa
aragonesa de Sos (1202-1533). I.F.C. (C.S.I.C.) Excma. Diputación
Provincial de Zaragoza, 2009.
-ALFONSO X “el Sabio”. Las Siete Partidas. Glosadas por el
licenciado Gregorio López. T. I. Ed. en la oficina de D. León Amarita. Madrid,
1829.
-CHÁVEZ, JORGE. “El corredor público:
cuál es su función”. Revista inmobiliaria Real Estate Guide. Abril, 2018, pp. 18-19. Guadalajara
(México)
-GARCÍA ULECIA, ALBERTO. “Delimitación
conceptual del oficio de corredor en el Derecho Histórico”. Anuario de Historia del Derecho Español,
nº 66, pp. 181-200. Ministerio de Justicia, BOE. Madrid, 1996.
-MORCILLO GARCÍA, MARTA. Las ventas por subasta
en el mundo romano: la esfera privada. Universidad de Barcelona. Barcelona,
2005.
-MORGADO, ALONSO. Historia de Sevilla. Imp. Andrea Pescioni y Juan de León. Sevilla,
1587.
En la web:
-www.boe.es. Novísima recopilación de las Leyes de España mandada formar por el
señor Don Carlos IV.
-www.netbiblo.com. La mediación. Presente,
pasado y futuro de una institución jurídica. José María Carabante Muntada (Coord.)
Centro Universitario Villanueva. U.C.M. Madrid.
-Wikipedia. Pregonero.
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