Los censales eran
los instrumentos financieros de los que se servían el estado, los municipios,
los nobles, la iglesia o cualquier ciudadano con recursos para satisfacer sus
necesidades crediticias. Este instrumento financiero estuvo muy extendido en la
Corona de Aragón desde la Edad Media hasta la Edad Contemporánea. El censo era
un contrato entre dos partes firmado públicamente ante un notario del reino.
Por una parte se encontraba el censalista, persona que tenía a su favor un
censo, y a percibir sus réditos del mismo; y por la otra estaba el censatario,
persona obligada a pagar dichos réditos del censo.
Técnicamente
consistía en una perpetuidad emitida como deuda pública y tomaba la forma de
venta de derecho: una persona o institución necesitada de dinero- el
censatario-, creaba una pensión censal y la vendía a una persona o institución
-el censalista-, poseedora de capital e interesada a percibir la pensión. La
tasa que medía la relación entre la pensión y el capital era el rendimiento, y
acostumbraba a ser del 7,5%. La pensión se pagaba anualmente de forma perpetua,
si bien existía la posibilidad de que el censatario redimiera la obligación
recomprando el censal, operación denominada, quita o redención.
Estos censos se
podían heredar, vender, formar parte de las capitulaciones matrimoniales,
servir para financiar obras sociales o utilizarse como pago de alguna deuda
contraída por el censalista, pudiendo el censalista realizar estas operaciones
sin autorización expresa del censatario.
Debido a los
sustanciosos réditos que proporcionaban los censos muchos de los excedentes
dinerarios de las grandes fortunas de la iglesia o de la nobleza se destinaban
a ellos.
Durante la Edad
Moderna los censos fueron comprados habitualmente por el Estado y por los
municipios, constituyéndose en verdadera deuda pública. Los municipios veían en
los censos una posibilidad de ampliar los presupuestos municipales para
financiar sus proyectos.
La primera noticia
documentada acerca de la venta de un censal por parte del concejo de Sos data
del 4 de julio del año 1428, teniendo como protagonista al infanzón Martín de
Artieda, quien adquirió 280 sueldos censales por una cantidad de 3.800 sueldos[1]; sólo diez años después, el 20 de mayo de
1438, el concejo consiguió redimir el censal[2].
Al iniciarse la
guerra de Cataluña (1462) todo esfuerzo de resurgimiento económico de Sos quedó
baldío. La necesidad de apoyo económico por parte de la monarquía fue
imperiosa, por lo que los requerimientos a los aragoneses fueron continuos y
muy elevados, obligando a los consistorios aragoneses a aumentar su partida de
gastos. Al terminar la guerra, la situación financiera de Sos y del reino de
Aragón era calamitosa y para intentar subsanar este desastre económico, en 1475
los oficiales de Sos suscribieron una concordia con el prohombre local Martín
de Ampiedes para que durante una década cancelase 12.000 sueldos censales y
pagase sus pensiones correspondientes, a cambio de recibir durante ese tiempo
las rentas de la primicia y de los molinos. El acuerdo no llegó a
cumplimentarse del todo debido a las diferencias surgidas en los pagos entre
Martín de Ampiedes, su heredero y el consistorio, cancelándose solamente 2.000
de los 12.000 sueldos censales previstos.
Hubo nobles en Sos
que encontraron en la deuda pública una forma de inversión que se adecuaba
perfectamente a sus intereses, puesto que les otorgaba mayor confianza los
créditos a los entes públicos, que garantizaban una mayor solvencia y
estabilidad para la devolución del capital,que la inversión en créditos a
campesinos muy endeudados, que aun siendo mayores los beneficios, en muchas
ocasiones el deudor no podía hacer frente a los reintegros. Además también
cabía la posibilidad de obtener prebendas políticas en caso de que se
adelantase dinero al propio concejo, en cuyo gobierno municipal participaron
con frecuencia estos hidalgos enriquecidos[3].
Así, por ejemplo, los Lozano, señores
de Gordués, en el año 1462 pagaron 6.000 sueldos al concejo de
Castilliscar, que anualmente debía entregarles una pensión de 428 sueldos y 7
dineros[4]; en el año 1471 el concejo de Sos les
vendió 80 sueldos censales por la cantidad de 800 sueldos, censal que se
canceló veinte años después[5];
el 29 de marzo de 1484 compraron un censal de 210 sueldos a la villa de Sos por
2.100 sueldos, aunque la entidad municipal fue capaz de cancelarlo pocos meses
después, el 8 de junio de ese mismo año[6].
Años más tarde la
situación económica de Aragón estaba ya al borde de la quiebra. En 1488
Fernando el Católico emprendió el plan real para el Reparo del General,
o Hacienda aragonesa, con el fin de amortizar la deuda pública para reducir los
gastos derivados del pago de intereses y reducir también los gastos
extraordinarios del General. Además, para que la Hacienda contara con capital
suficiente, el rey acordó imponer una sisa consistente en un impuesto sobre el
pan y la carne, pero esta sisa derivó en un pago a tanto alzado, por fuego o
casa de los municipios del reino, aplicando la base contributiva en función del
número de fuegos de cada municipio. Así, se aplicó el pago de 21 sueldos a las
localidades que tuvieran la categoría jurídica de ciudad; 16 sueldos a las
villas y lugares de más de 100 fuegos, y 13 sueldos a las restantes villas con
menos de 100 fuegos (éstas suponían el 94% del total)[7]
En el Archivo de la
Diputación Provincial de Zaragoza se encuentra el libro del “Reparo del
General”, que es el libro de cuentas relativas a los ingresos y gastos y a la
imposición de estas sisas durante el período de tres años, para así sanear la
Hacienda aragonesa. Dicho libro está muy deteriorado y le faltan hojas, entre
ellas las relativas a la sobrecollida de Tarazona, a la que pertenecía en
aquellos años Sos, pero teniendo en cuenta que en esa época Sos contaba con
poco más de 100 fuegos, sabemos que el montante económico que aportó la villa
fueron poco más de 80 libras.
No obstante, en los
primeros años del siglo XVI Sos redujo su deuda y los tipos de los censales que
tenía contraídos desde tiempo atrás, disminuyendo los intereses en torno al 5%,
como se aprecia en las emisiones censales realizadas en los años 1509,1512 y
1513, donde Sos vendió tres censales al 5%.
Pero si algún noble
se caracterizó por acumular instrumentos de deuda pública a finales del
Medioevo fue el alcaide del castillo de Navardún, Gil de Monterde, quien
invirtió en censales en el corto espacio de tiempo de 13 años la cantidad de 39.500
sueldos, lo que le proporcionaron unas suculosas rentas:
Inversión de Gil de Monterde en
censales a principios del siglo XVI.
FECHA
|
VENDEDOR
|
CANTIDAD
CENSAL
|
PRECIO
(sueldos)
|
18-10-1502
|
Concejo de Urriés
|
160 sueldos
anuales[8]
|
2.000
|
8-11-1503
|
Undués Pintano
|
66 sueldos y 8
dineros[9]
|
1000
|
16-4-1506
|
Concejo de Ruesta
|
66 sueldos y 8
dineros[10]
|
1000
|
14-9-1507
|
Castilliscar
|
200 sueldos
anuales[11]
|
3000
|
13-12-1511
|
Pintano/Undués
Pintano
|
200 sueldos
anuales[12]
|
4000
|
13-4-1512
|
Undues Pintano
|
25 sueldos
anuales[13]
|
500
|
7-8-1513
|
Sos
|
1000 sueldos[14]
|
20.000*
|
15-11-1513
|
Concejo de Urriés
|
200 sueldos
anuales[15]
|
4000
|
17-1-1514
|
Tiermas
|
66 sueldos y 8
dineros[16]
|
1000
|
4-10-1515
|
Pintano/Undués
Pintano
|
150 sueldos[17]
|
3000
|
* Doce meses después el municipio ya habia logrado redimir la mitad de la deuda al pagarle 10.000 sueldos más la pensión.
[1] A.H.P.S.
Miguel Martínez de Sada, p. 356, ff. 108v-117v.
[2] A.H.P.S.
Miguel Martínez de Sada, p. 366, ff. 32-33v.
[3] Abellá
Samitier, J. Sos en la baja Edad Media, p.150.
[4] A.H.P.S.
Juan Zareco, p. 408, f. 18.
[5] A.H.P.S.
Martín de Ampiedes, p. 394, f. 79.
[6]
A.H.P.S. Bartolomé Español, p. 477, f. 95.
[7]
Falcón Pérez, M.I. Libro del reparo del General de Aragón (1489-1498), pp. 5-6.
[8]
A.H.P.S., Bartolomé Español, p. 484, ff. 31-32v.
[9] A.H.P.S.,
Bartolomé Español, p. 485, ff. 66-69v.
[10]
A.H.P.S., Miguel del Sen, p. 462, ff. 14-15v.
[11] A.H.P.S.,
Miguel del Sen, p.463, ff. 61-63.
[12] A.H.P.S.,
Miguel del Sen, p. 466+, ff. 91-93.
[13]
A.H.P.S., Miguel del Sen, p. 476, ff. 13-14v.
[14] A.H.P.S.,
Gil García de Urriés, p. 507, ff. 97v-102.
[15] A.H.P.S.,
Miguel del Sen., p. 468, ff. 51-52.
[16] A.H.P.S.,
p. 469, ff. 4v.-6.
[17]
A.H.P.S., Gil García de Urriés, p. 507, ff. 91v-94v.
BIBLIOGRAFIA
-ABELLÁ SAMITIER, JUAN. “Una hacienda local en
crisis: la quiebra del municipio de Uncastillo”. Aragón en la Edad
Media, XXI, pp. 5-35. Ed. Departamento de Historia Medieval, Ciencias
y Técnicas Historiográficas y Estudios Arabes e Islámicos.Universidad de
Zaragoza. Zaragoza, 2009.
-ABELLÁ SAMITIER, JUAN. La villa aragonesa de
Sos en la Edad Media: economía, sociedad y manifestaciones de poder. Tesis
doctoral. Universidad de Zaragoza, 2007.
-ABELLÁ SAMITIER, JUAN. Sos en la Baja Edad
Media. Una villa aragonesa de frontera. I.F.C.(C.S.I.C.). Excma.
Diputación de Zaragoza. Zaragoza, 2012.
-FALCÓN PÉREZ, Mª ISABEL. Libro del Reparo del
General de Aragón (1489-1498) Textos de Historia Moderna, 1. Annubar
Ediciones. Zaragoza, 1993.
-FURIÓ, ANTONI. “Deuda pública e intereses
privados: finanzas y fiscalidad municipales en la Corona de Aragón”.Edad
Media, revista de historia nº 2: Instrumentos de pago y finanzas en la
Edad Media, pp.35-80. Universidad de Valladolid. Valladolid, 1999.
-SESMA MUÑOZ, JOSÉ ÁNGEL. La Diputación del Reino
de Aragón en la época de Fernando el Católico. I.F.C. Zaragoza, 1977.
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