jueves, 17 de octubre de 2019

LA MUERTE DE FERNANDO EL CATÓLICO. ¿COMÍA EL REY TESTÍCULOS DE TORO?

Fernando II de Aragón
Al igual que el óbito de otros muchos reyes, no se sabe con exactitud cual fue el motivo de la enfermedad y muerte del rey Fernando, y esto se debe fundamentalmente a la falta de datos e información derivada por dos principales motivos: el primero, y hasta que la medicina siglos después no dio un paso de gigante, es el desconocimiento que existía entonces acerca de la naturaleza de las enfermedades y a la identificación de éstas a partir de la sintomatología con la que se manifestaba en los enfermos; y en segundo lugar, es el poco interés que los cronistas de la época manifestaban por analizar el fallecimiento de los monarcas, pues consideraban de mayor transcendencia los momentos posteriores a la muerte; aquellos en los que la proclamación del heredero aseguraba la sucesión dinástica, si éste existía; o por el contrario, la incertidumbre que se creaba en el reino al no haber sucesor.[1]
No obstante, lo que sí sabemos de Fernando El Católico, gracias a los escritos que los cronistas nos han dejado, son los síntomas que padecía, la duración de su agonía y los trastornos que le ocasionaba su enfermedad. Lo que no sabemos es qué es lo que le ocasionaba estas indisposiciones o molestias.
Con estos datos y otros testimonios historiográficos de la época podemos conocer, si no con exactitud, sí aproximarnos a las causas de las dolencias que padeció el monarca y su posterior óbito, aunque, como antes dijimos, no se puede certificar con exactitud el origen de su enfermedad.  Pero los estudiosos del tema, apoyándose en los escasos escritos que restan de la historia, no se ponen de acuerdo y cada cual expone sus conclusiones, más o menos acertadas, sin que con ello quede con total verificación el acontecimiento de la muerte del rey Fernando.
Repasando la historia documentada sabemos que Fernando el Católico se casó en segundas nupcias el 19 de octubre de 1505 con Germana de Foix, una adolescente de 18 años. Esta chica era hija de Juan de Foix (conde de Etampes y vizconde de Narbona) y de Mª de Orleáns, hermana de Luis XII de Francia. La boda se celebró en cumplimiento de los acuerdos de paz firmados entre Luis XII de Francia y Fernando el Católico en el tratado de Blois. En los pactos, el rey de Francia cedió a su sobrina los derechos dinásticos del reino de Nápoles y le concedió el título de rey de Jerusalén, derechos que retornarían a Francia en caso de que el matrimonio no tuviese descendencia; a cambio, el Rey Católico se comprometió a nombrar heredero al posible hijo del matrimonio. El matrimonio levantó las iras de los nobles de Castilla, ya que lo vieron como una maniobra del Rey Fernando para impedir que Felipe “el Hermoso” y Juana I heredasen la Corona de Aragón. Esto hizo que el Rey Fernando necesitara de un vástago con urgencia.
Germana de Foix.G. Bausá.Museo de Bellas Artes de Valencia
 Germana de Foix no era una mujer muy agraciada físicamente, además padecía de cojera y era algo rellenita en carnes, amiga del placer y el sexo, muy ardiente, fogosa, impulsiva y pasional. Procedía de una familia muy fértil, por lo que con todos estos ingredientes la procreación de un heredero para la Corona de Aragón, por su parte, estaba prácticamente asegurada. El problema estaba en la otra parte, pues  Fernando pasaba  de los cincuenta años y el tiempo empezaba ya a pasarle factura. La fogosidad y virilidad que tuvo en su tiempo con Isabel (de la que tuvo cinco hijos), con doña Aldonza Roig, Joana Nicolau, Toda de Larrea y Pereira, con las que tuvo otros cinco vástagos bastardos, o los desconocidos devaneos amorosos con otras damas de las que no sabemos si también tuvo descendientes, ahora le fallaba; él sabía que su apasionada fogosidad se estaba apagando y debía darse prisa si quería tener un heredero, por lo cual si quería estar a la altura de su joven y fogosa esposa no le quedaba otra alternativa que recurrir a la ingesta de afrodisíacos que excitaran su decadente virilidad y apetito sexual.
Turmas, o criadillas de toro
 Afrodisíacos, con mayor o menor grado de efectividad, los ha habido siempre y se han usado en todas las culturas del mundo. Había civilizaciones antiguas que creían que por comer testículos de toro dotaban de la energía y fortaleza del animal a quien los ingiriese, fortaleciendo de este modo la potencia sexual, teoría que carece totalmente de fundamento científico. Pero el hecho es que esta creencia y costumbre perduró hasta la Edad Media. Además, si te atiborras de testículos de toro lo más que te puede pasar es que cojas una indigestión; de ello no vas a morir y, al contrario de lo que pueda pensarse, son muy nutritivos.
La hiperactiva y fogosa Germana de Foix, tras múltiples intentos con su marido para poder concebir al nuevo vástago lo antes posible, comprobó en sus propias carnes la falta de deseo y de potencia sexual de Fernando, por lo que decidió recurrir al mencionado afrodisíaco de los testículos de toro, tan de moda en la Edad Media, pero por si esto resultase poco eficaz podría ser que decidiera añadirle también un preparado de cantárida[2], otro afrodisíaco que, en contraposición a la ineficacia como tal de las turmas de toro, este sí que tenía resultados aparentes.
Mosca española. Lytta vesicatoria o cantárida.
La lytta vesicatoria, conocida popularmente con el nombre de cantárida, y también como mosca española, es un insecto coleóptero, de la familia Meloidae, de color verde esmeralda metalizado, que habita en ecosistemas cálidos y subtropicales y suele encontrarse en los olivos, saúcos, fresnos, álamos…, árboles muy corrientes en nuestras tierras castellanas. También se denomina polvo de cantárida, o cantaridina, al producto resultante de la desecación del insecto y su posterior trituración, utilizado en medicina por su poder vesicante para el tratamiento de ulceraciones de la piel, aplicando emplastos que supuestamente ayudaban a eliminar sus líquidos perniciosos, y por vía oral se ha prescrito como diurético y contra la incontinencia urinaria. Es cierto y probado que tomado oralmente produce irritaciones en el aparato urinario y priapismo (erección del pene) que podía durar horas, y la gente de la Edad Media lo sabía; por esta razón, erróneamente, se creía que se trataba de un afrodisíaco. En la Edad Media se conocían los efectos inmediatos de esta “viagra”, pero no los efectos secundarios consecuentes de una sobredosis, que podían provocar lesiones renales, nefritis, retención de líquidos, diarreas, hidropesía, apoplejías e infartos.
Según Antonio Balduque, eran tan grandes las ganas que tenía la joven Germana de Foix de estimular a don Fernando que sin prever, por total desconocimiento, los efectos de la cantaridina, hizo que en los brebajes que le preparaba se pasara de cantidad, ocasionándole un efecto contrario al deseado. Las crónicas cuentan que el rey, “después de holgar” con ella se empezó a encontrar indispuesto, apareciendo en él graves desarreglos físicos.
 La sobredosis de cantárida no fue lo suficientemente elevada como para matarle en el acto, pero sí para saber que su muerte estaba anunciada.  Jerónimo Zurita cuenta: “… Estaba en este tiempo el rey en Medina del Campo: y siendo vuelto de Carrioncillo, adonde se había ido a holgar con la reina (…) adoleció de una grave enfermedad(…) ocasión de un feo potaje que la reina le hizo dar para más habilitarle, que pudiese haber hijos(…)esta enfermedad se fue más agravando cada día, confirmándose en hidropesía con muchos desmayos, y mal de corazón: donde creyeron algunos, que le fueron dadas yerbas”.
Y el cronista Sandoval dice que enfermó el rey Católico en Medina del Campo, viniendo de Carrioncillo, “porque la reina su mujer, con codicia de tener hijos, le dio no sé qué potaje ordenado por unas mujeres de las cuales dicen fue una, doña María de Velasco. Dominóle tan fuerte la virtud natural que nunca tuvo día de salud, y al fin le acabó este mal”.
Durante dos años Fernando el Católico tuvo que sufrir diarreas, desajustes de tensión arterial, problemas de corazón, retención de líquidos, hidropesía y desajustes renales hasta que la muerte le libró de este sufrimiento. Todos estos desarreglos son síntomas inequívocos que provoca la ingesta de la cantaridina.
Además de la crónica expuesta anteriormente de Zurita vamos a ver el análisis de los testimonios escritos que nos han llegado y que a continuación detallamos, donde expertos y cronistas parecen coincidir en que el Monarca murió de una infección renal.
 El cronista Santa Cruz alude a la hidropesía que padeció Fernando el Católico en el momento de su muerte:
(…) Falleció en ábito de Santo Domingo, muy rehecho de las carnes que tenía, por le sobrevenido cámaras, que no sólo le quitaron la hinchaçon de la hidropesía pero les deshicieron y demejoraron de tal manera que no parecía el que solía ser(...)[3]
Fray Prudencio de Sandoval apuntaba la posibilidad de que el monarca padeciese alguna enfermedad cardíaca:
(…) Y a la verdad su enfermedad fue hidropesía con mal de corazón, aunque algunos quisieron decir que le habían dado yerbas, porque se le cayó cierta parte de una quijada; pero no se pudo saber de cierto más de que muchos creyeron que aquel potaje que la reina Germana le dio para hacerle potente le postró la virtud natural (…)[4]
El cronista  Santa Cruz señala:
(..) una noche, siete de junio, estuvo su alteza tan malo que pensaron que no llegaría a mañana (..)[5]
Exactamente lo mismo, pero con fecha algo posterior se expresaba  Galíndez de Carvajal:
(…) En una noche a 27 de junio estuvo tan malo que pensaron que no llegaría a mañana (…)[6]
En una carta de P. Mártir de Anglería, datada el 18 de julio, el citado humanista decía:
(…) Llevado de un repentino impulso se ha instalado aquí, porque una de las noches próximo pasadas casi se quedó ahogado mientras dormía. Un síncope y el catarro le obstruyeron las fibras del corazón. Uno de los encargados de la vigilancia nocturna del rey (…) sintió al soberano atragantarse y dar unos horribles ronquidos. Paseaba el centinela por la estancia (…) y acudió al estrépito que formaba el rey, casi a punto de expirar. Entró en el aposento y lo encontró medio muerto, con la cabeza colgando fuera de la cama. Prorrumpió en gritos el desdichado. Acuden los camareros y acomodan al rey en el lecho. Friccionan sus miembros y sacuden todo su cuerpo. Traspuesto, con el habla perdida, torcía los ojos. Le rocían el rostro con agua fría. Por fin volvió en sí (…)[7]
Un mes más tarde, estando en Segovia, según relata Galíndez de Carvajal, el rey “estuvo asaz malo”[8]. A finales del mes de octubre, los médicos que lo trataban le aconsejaron que abandonase Madrid y se marchase a Sevilla, pues consideraban que el clima cálido de esa ciudad sería beneficioso para su salud[9]. Pero don Fernando no volvió a Sevilla nunca más. Tras permanecer en Plasencia y posteriormente en Trujillo- en esta última ciudad estuvo hasta el día de reyes-[10] se marchó hacia Madrigalejo, lugar en el que se agravó su enfermedad[11] y en el que encontró la muerte[12].       
Con estos datos no se puede saber a ciencia cierta cuál fue el motivo de la enfermedad de Fernando el Católico; lo más que podemos sacar en claro es que estaba muy enfermo, con graves dolencias y paradas cardíacas; que esta dolencia le sobrevino medio año antes de su muerte, es decir, en el verano de 1515; que murió poco antes de su 64 cumpleaños; que empezó a sentirse indispuesto después de tomar el potaje que la reina le dio; que dicho potaje le fue administrado para potenciar su virilidad y que los síntomas de la hidropesía eran evidentes.
La pregunta es: ¿Formaba parte la cantárida en el potaje que le dio a tomar Germana de Foix a Fernando, sustancia conocida por sus efectos afrodisíacos pero de la cual se desconocían sus mortales efectos secundarios? Los médicos desconocían estos daños colaterales de la cantárida, pero sí tenían claro que el abuso del afrodisíaco brebaje menguaba la salud del rey, (de esta opinión es Angel Casas, profesor de Historia Medieval de la Universisdad de Barcelona,)[13] pero para cuando dejaron de administrarle la “pócima mágica” ya era demasiado tarde, la salud del rey era irreversible, y el 22 de enero de 1516 cuando se dirigía a Guadalupe, procedente de Plasencia, se agravó tanto su enfermedad que la Comitiva Real tuvo que buscar refugio a mitad de camino en Madrigalejo (Cáceres), concretamente en la casa de Santa María, propiedad de los monjes del monasterio de Guadalupe,donde falleció la madrugada del día 23.
Casa de Santa María. Madrigalejo (Cáceres)

Una lápida en la iglesia de la casa de Santa María nos recuerda el óbito del Monarca







[1] Cabrera Sánchez, Margarita. “La muerte de los miembros de la realeza hispánica medieval a través de los testimonios historiográficos”. Universidad de Córdoba, en: la España Medieval, año 2011, vol. 34, pp. 97-132.  
[2] Antonio Balduque Alvarez. Fernando “El Católico”: El Rey que murió de sobredosis de afrodisíacos. Escritores en red.
[3] Santa Cruz, A. de,: Crónica de los Reyes Católicos, t. 2, p.338.
[4] Sandoval, Prudencio de: Historia de la vida y hechos del emperador Carlos V, vol. 80, p.63.
[5] Santa Cruz, A. de: Crónica de los Reyes Católicos, t. 2, p. 302.
[6] Galíndez de Carvajal, L. Anales breves del reinado de los Reyes Católicos don Fernando y doña Isabel. Vol. 70, p.561.
[7] Mártir de Anglería, Pedro. Epistolario. Vol. XI, p. 181.  en Colección de documentos inéditos para la historia de España.
[8] Galíndez de Carvajal, L. Anales breves del reinado de los Reyes Católicos don Fernando y doña Isabel. Vol.70, p. 561.
[9]Desde Madrid se partió su alteza a la ciudad de Plasençia, para de allí venirse a Sevilla porque los médicos le decían que por ser tierra caliente le sería buena para su mal(…) ( Santa Cruz, A de. Crónica de los Reyes Católicos., t. II, p. 320.
[10] Galíndez de Carvajal, L. Anales breves del reinado de los reyes Católicos don Fernando y doña Isabel, vol. 70,p. 561. “(…) Y estando su alteza en este lugar se le agravó en gran manera su enfermedad y le fue dado a entender que estaba muy cercano a la muerte(…) (Santa Cruz, A. de. Crónica de los Reyes Católicos, t. II, p. 331.)
[11] Ibidem, p. 338
[12] Jerónimo Zurita sólo consigna la fecha de la muerte (Zurita, J. Anales de la Corona de Aragón. T. 2, p. 740.
[13] Casas Angel. L´estranya mort de Ferran el Católic. (texto de Arnau Cónsul, periodista.) Revista Sapiens nº 54. 




BIBLIOGRAFIA

-CABRERA SÁNCHEZ, MARGARITA. “La muerte de los miembros de la realeza hispánica medieval a través de los testimonios historiográficos”, en “La España Medieval”, año 2001, vol. 34, pp. 97-132. Madrid.
-CASAS, ANGEL. L´estranya mort de Ferran el Católic. (Texto de Arnau Cónsul, periodista) Revista Sapiens nº 54. Badalona. Abril, 2007.
-FISAS, CARLOS. Historias de la historia. Primera serie. Círculo de Lectores. Barcelona, 2008.
-GALÍNDEZ DE CARVAJAL, L. Anales breves del reinado de los Reyes Católicos don Fernando y doña Isabel. Vol. 70. Ed. BAE. Madrid, 1953.
-MARTIR DE ANGLERÍA, PEDRO. Epistolario, en: Colección de Documentos Inéditos para la Historia de España, vol. XI. Ed. López de Toro. Real Academia de la Historia. Madrid.
-SANDOVAL, PRUDENCIO de. Historias de la vida y hechos del emperador Carlos V, vol. 80. Ed. BAE. Madrid, 1955.
-SANTA CRUZ, A. Crónica de los Reyes Católicos, t. 2. Ed. Carriazo. Sevilla, 1951.
-VACA DE OSMA, JOSÉ ANTONIO. Los Reyes Católicos. Espasa (Biografías) Madrid, 2001.
-ZURITA, JERÓNIMO. Anales de la Corona de Aragón. T. 2. Zaragoza, 1977.
En la web:
-Wikipedia. Lytta vesicatoria
-www.antoniobalduque.blogspot.com.es. Blog de Antonio Balduque Alvarez. Fernando “El Católico”: El Rey que murió de sobredosis de afrodisíacos (entrada del 19 de noviembre del 2009)


EL CONCUBINATO DE LOS CLERIGOS DE SOS EN LA EDAD MEDIA




Monje y su concubina. Cornelis van Haarlem.1591

El concubinato es la relación marital que mantienen dos personas sin estar casados.
Durante la Edad Media fue bastante corriente que los clérigos mantuviesen mancebas, también llamadas concubinas o barraganas, e incluso no sólo no las ocultaban a la vista de la gente, sino que las exibían públicamente como si de esposas legítimas se tratara.
El origen estuvo en los primeros siglos medievales, en los que la Iglesia permitió los matrimonios espirituales, es decir que los clérigos pudieran tener subintroducta, o sea, una mujer soltera que vive asociada a un hombre en un matrimonio meramente espiritual, con la exclusión, claro está, del sexo. Como hombres que eran, muchos clérigos se echaron novia bajo el pretexto de tener subintroductas, por lo que en lugar de éstas, lo que tuvieron fueron concubinas.
Ante la proliferación del amancebamiento de los clérigos la reacción de la Iglesia no se hizo esperar. Ya desde el concilio de Elvira, en el siglo IV, se prohibía la convivencia de ascetas y vírgenes bajo el mismo techo, estableciendo que si una vírgen o monja se casaba, al ser ya esposa de Cristo, cometía adulterio e incurría en excomunión.
Todos los esfuerzos de la Iglesia por erradicar el concubinato resultaban inútiles. San Bonifacio, en el siglo VIII, clamaba contra los clérigos que “de noche mantienen a cuatro, cinco o más concubinas en su cama”. Pero la corrupción del clero fue de tal magnitud que llegó hasta las más altas jerarquías en la Santa Sede cuando el Papa Sergio III (904-911) tomó como amante y manceba a Marozia, con la que incluso tuvo un hijo, el futuro Papa Juan XI.
      Si el Vaticano llegaba a estos extremos, ¿qué no iban a hacer las monjas, abades y clérigos?
El Papa Gregorio VII, en un intento de reformar el clero, impuso de manera definitiva el celibato; posteriormente, en el concilio de Compostela en 1056, en el de Palencia en 1129, en el de Valladolid en 1228, en el de Toledo en 1324, e incluso en las Cortes del siglo XIV se adoptaron medidas para reprimir el amancebamiento de los clérigos. El Arcipreste de Hita refleja en la “Cantiga de los clérigos de Talavera” una de estas medidas adoptadas por la jerarquía eclesiástica en un intento de erradicar las mancebas de los clérigos:

“Cartas eran venidas, disen d´esta manera:
que clérigo nin cassado de toda Talavera,
que non toviese mançeba, cassada nin soltera;
qualquier que la toviese descomulgado era.
Con aquestas rraçones que la carta desía
fyncó(quedó) muy quebrantada toda la cleresía.”

Tras este “atropello” los clérigos se sublevaron y elevaron su protesta al rey pidiéndole su comprensión, “pues todos somos carnales”:

“Que maguer que somos clérigos, somos sus naturales:
servímosle muy byen, fuémosle sinpre leales;
demás que sabe el rrey que todos somos carnales:
¡Creed se ha adolesçer de aquestos nuestros males!”

Y a algún clérigo le afectó tanto que llegó incluso a amenazar al arzobispo:

“Porque suelen desir que el can con grand angosto
e con rravia de la muerte su dueño trava (muerde) al rrostro:
¡si tovies al arçobispo en otro tal angosto,
le daría tal buelta(paliza), que non vies el agosto!”[1]


El fuerte arraigo del amancebamiento parecía demostrar que la idea del celibato no acababa de aceptarse como algo inherente al estado clerical. Este mundano carácter del comportamiento moral por parte de los clérigos en la Edad Media estuvo generalizado en toda Europa y, claro está, también se dejó notar en todos los territorios de los reinos de la Península, y Sos no iba a ser la excepción.
 En documentos del siglo XV se aprecia cómo algunos clérigos de Sos practicaron el concubinato. Así, se conoce a Sancha de Morero, compañera sentimental del racionero Sancho del Parral; Catalina Arnalt, compañera del beneficiado Bartolomé Zareco; Urraca Pérez de Lacagurría, compañera del racionero Juan de las Fillas; María Baquero, compañera del también racionero García del Parral; Elvira Lozano y María García de Peña, compañeras sentimentales, respectivamente, de los racioneros Domingo del Sen y Juan de Sos.
Según Juan Abellá, el análisis antroponímico de estas mujeres evidencia que algunas de ellas provenían de localidades foráneas, como María García de Peña, o Urraca Pérez de Lacagurría; sin embargo, otras parecen ser del mismo Sos por poseer apellidos tradicionales del municipio, como Morero, Baquero y Lozano[2].
Como antes se ha dicho, estas ilícitas relaciones, pues los clérigos se debían al voto de castidad, no pasaron inadvertidas por la población, siendo de total notoriedad y conocimiento público, en cuanto que los religiosos acudían al notario de la localidad para normalizar sus asuntos. Así, Sancho del Parral efectuó ante notario una hermandad de bienes con su compañera[3], y Bartolomé Zareco le firmó 600 sueldos como ajuar a Catalina Arnalt[4]. Del mismo modo, en 1456, Juan de Fillas nombró herederos universales a su compañera y a su hermano Pedro[5]; y García del Parral, Domingo del Sen y Juan de Sos consignaron, con sus respectivas compañeras, diferentes actividades económicas relacionadas con compras y ventas de inmuebles[6].
De todos estos documentos notariales podemos deducir que las relaciones sentimentales entre los clérigos de Sos y sus compañeras eran bastante estables, pues en caso contrario no hubieran acudido al notario para formalizar los asuntos referidos. Además, algunos de estos religiosos tuvieron descendencia, pues María García de Peña, en 1447, mencionó en su testamento la existencia de tres hijos, aunque sin aclarar que su compañero Juan de Sos fuera el padre[7]. Del que sí se tiene certero conocimiento de que tuvo al menos dos hijos, llamados Miguel y Martín, fue del racionero Martín Despierto mayor de días. Igualmente el vicario Pascual de Milián tuvo un hijo al que puso su nombre, Pascual. Curiosamente los hijos de estos dos religiosos se convirtieron también en clérigos, siendo Martín Despierto menor de días, racionero y Pascual de Milián, capellán[8].
Este comportamiento ilícito y amoral de los clérigos de Sos fue el motivo por el que las gentes del municipio, como forma de rechazo y reprobación, no dudaran en manifestar en algunas cláusulas de sus últimas voluntades su total condena hacia el concubinato. Así, Toda Miguel de Undués y Elvira de Arbe, en sus respectivos testamentos de 1447, dispusieron que los oficios divinos y las misas por sus almas los oficiase un clérigo al que no se le conozca concubina[9]; y en 1495 la viuda Pascuala de Rúa añade y ordena que si no se encontrara en la parroquia a ninguno sin concubina, que lo busquen: “...por clerigo que no sea publico concupinario. e si tal clerigo no se fallara en la dita iglesia, en tal caso quiero, ordeno y mando sean ditas e celebradaslas ditas misas e trentenario por algun honesto frayre”[10].
También los hombres rechazaban el comportamiento de estos amancebados clérigos, pues en 1484 Pedro de Ayerbe encargó que cantase las misas de San Amador “a hun capellan que non tengua manceba”[11]
En defensa de la Iglesia, y a modo de excusa, cabe decir que, como en todas las instituciones, no todo el mundo se salta las normas y las leyes permaneciendo ajeno a los cánones marcados, pues también hay quien las acata y cumple severamente, como fue el caso del vicario de Sos don Juan de Narbayz, quien se amoldó rigurosamente a la regulación canónica establecida, ordenando además en su testamento en 1451 que las misas por su alma las celebrase “clérigo que no sia publico concupinario”[12]








[1] Juan Ruiz, Arcipreste de Hita. Cántica de los clérigos de Talavera.
[2] Abellá Samitier, J. Sos en la Baja Edad Media, pp, 114-115.
[3] A.H.P.S., Miguel Martínez de Sada, p. 374, ff. 6-7.
[4] A.H.P.S., Martín de Ampiedes, p. 380, ff.74v-75v.
[5] A.H.P.S., Martín de Ampiedes, p. 390, ff. 34-35.
[6] A.H.P.S., Juan Zareco, p. 408, f. 26; Miguel Martínez de Sada, p.371, ff.26-27v; Martínez de Ampiedes, p. 380, ff. 60-60v.
[7] A.H.P.S., Martín de Ampiedes,p.380, ff. 60-60v.
[8] Abellá Samitier, J. Sos... op. cit. p. 115.
[9] A.H.P.S., Martín de Ampiedes, p. 380, ff. 21-23v; p. 380, ff. 33-34.
[10] A.H.P.S., Juan Murillo, p. 495, ff. 19-21v.
[11] A.H.P.S., Bartolomé Español, p. 477, ff. 97-99.
[12] A.H.P.S., Martín de Ampiedes, p. 384, ff. 17-18v.







BIBLIOGRAFÍA


-ABELLÁ SAMITIER, JUAN. Sos en la Baja Edad Media. Una villa aragonesa de frontera. I.F.C. (C.S.I.C.) Excma. Diputación de Zaragoza. Zaragoza, 2012.
-ESLAVA GALÁN, JUAN. 50 estampas de la historia de España. Círculo de Lectores. Barcelona, 2012.
-JIMENO ARANGUREN, ROLDÁN. “Concubinato, matrimonio y adulterio de los clérigos: notas sobre la regulación jurídica y praxis en la Navarra medieval”. A.H.D.E. nº.81, pp.543-574. Ministerio de Justicia.2011
-MONREAL ZIA, GREGORIO; JIMENO ARANGUREN, ROLDÁN. “Naturaleza y estructura del matrimonio y otras uniones afines en el derecho histórico hispánico, con especial atención a Navarra.” Rev. Príncipe de Viana, Año nº, 71; nº 250, pp. 501-538. Institución Príncipe de Viana. Gobierno de Navarra. Pamplona, 2010.
-RUIZ, JUAN, ARCIPRESTE DE HITA. “Cántica de los clérigos de Talavera”, Libro del buen amor. Alfaguara. Madrid, 2000.




DELIMITACION COMARCAL. DIVISIONES ADMINISTRATIVAS Y ORGANIZACION POLITICO-TERRITORIAL

 


Las divisiones territoriales responden a necesidades políticas, económicas, administrativas y sociales de un momento histórico determinado, dando lugar a un modelo territorial actual que es síntesis de la tradición histórica y de los cambios que han experimentado distintos proyectos y realidades históricas.
El hombre primitivo ya realizaba divisiones territoriales, no en el concepto que ahora tenemos de ello, pero sí delimitaba “su espacio” en el que desarrollaba su vida diaria; era una forma de “separar” sus territorios frente a los de otro clan. Conforme el hombre se hizo sedentario, empezó a asentarse en determinadas zonas y espacios que delimitaba e intentaba defender de las invasiones enemigas. Al mismo tiempo que estos lugares aumentaban su población, la necesidad de mayores espacios tanto para su asentamiento como para cultivar tierras y criar ganado eran imperiosas. Así, con el afán de conquistar territorios, llegaron las invasiones a España, y con ellas las guerras y los grandes dominios territoriales conquistados. Pero los territorios había que dividirlos para una mejor administración, gobierno y defensa. Estas divisiones, a lo largo de la historia han sido flexibles, aumentando, disminuyendo y variando sus límites en razón a las conquistas, conveniencias o intereses sociopolíticos, religiosos, militares o de otra índole.
                 En el año 218 a.C. llegan las primeras tropas romanas a la Península para tratar de cortar el suministro de tropas cartaginesas al ejército de Aníbal con el fin de ganar la guerra contra el pueblo cartaginés y dominar así el Mediterráneo occidental. Tras la derrota de Cartago, Roma pasó a controlar, en torno al año 197 a.C., todo el territorio costero de la Península Ibérica, desde los Pirineos hasta el sur de Portugal, donde las tribus íberas asentadas no crearon excesivos problemas al dominio de Roma, y dividieron el territorio conquistado en dos provincias: Hispania Citerior y Ulterior

La Península en el 27 a.C.
Posteriormente Roma, poco a poco, fue conquistando la Península.El pueblo romano, en el 27 a.C., en virtud del carácter más o menos acomodaticio y colaboracionista de los pueblos conquistados, ideó dos clases de provincias: las “senatoriales”- las más pacíficas, administradas por el Senado- y las “imperiales”-las más problemáticas- dependientes directamente del emperador. Hispania estaba dividida en este año 27 a. C. en tres provincias: Tarraconensis (capital Tarraco), Baetica (capital Corduba) y Lusitania (capital Emerita). La zona de la actual Sos estaría emplazada en la provincia Tarraconensis.
División de las tres provincias en conventos jurídicos (mapa de A. Ubieto)
 La conquista de toda la Península llegó en el 19 a.C., lo que unido a otras circunstancias, obligó a Augusto a remodelar su primera división provincial entre los años 7 a 2 a.C. Esta remodelación no afectó al número total de provincias, que siguieron siendo tres, sino a sus límites. Debido a la gran extensión de las provincias, sobre todo la Tarraconensis, dividió éstas en circunscripciones menores, los “conventos jurídicos”, cuya configuración demuestra la magnífica visión de estratega de Augusto, puesto que, excepto la desmembrebación política de la Meseta, se vislumbra bastante bien la realidad geopolítica de la Península: Cataluña-Valencia, Meseta Sur y Sudeste, Andalucía, Portugal, Extremadura, León-Asturias, Galicia, Castilla La Vieja y Aragón-valle del Ebro.  Ésta última división o “convento jurídico”sería el Caesaraugustano, con capital en Caesaraugusta y en cuya demarcación estaría incluído Sos y todo el territorio de lo que actualmente es Aragón (recordemos que Sos todavía no existía como tal toponímicamente hablando, o por lo menos no se tiene constancia de que así fuera hasta finales de la centuria. De lo que no hay duda es que la zona estaba habitada a tenor de los restos arqueológicos hallados en la comarca)
A principios del siglo III d.C. Caracalla apenas retocó esta distribución, aumentó los límites de una provincia y disminuyó los de otra, sin afectar estos movimientos a Aragón, que seguía incluída en el mismo convento jurídico que dejó marcado Augusto. La gran modificación tuvo lugar con Diocleciano en el año 293, base asimismo de la división provincial de los visigodos. Este emperador subdividió las tres provincias existentes en tres más: Gallaecia, Cartaginensis y Balearica; modificó los límites de Tarraconensis por lo que parte de Aragón entró a formar parte de Cartaginensis, pero Sos continuaba en la provincia Tarraconensis.
Invasiones germánicas
Con la llegada de las invasiones germánicas en el siglo V y la debilitación del imperio romano, las divisiones provinciales desaparecieron y en su lugar aparecieron las zonas de dominio ocupadas por los recien llegados: los vándalos en el sur, los alanos en el centro y suevos en Galicia, parte de Castilla, Aragón y Cataluña eran territorios ocupados por romanos protegidos por los visigodos, y el País Vasco y Cantabria territorio de vascones y cántabros.
        Los visigodos en el siglo VI se basaron en la división romana y ampliaron las provincias: Iberia, Autrigonia, Galecia, Lusitania, Hispalis, Betica, Aurariola y Septimania (en Francia) Sos perteneció a la provincia visigoda de Autrigonia.
       En el siglo VIII entran los musulmanes en la Península, dominándola. El proceso de conquista y repoblación realizado por los reinos cristianos a costa de los dominios musulmanes determinó la organización territorial y administrativa de la España medieval.Nace el condado de Aragón y surgen las tenencias, a cuyo frente el soberano colocaba un tenente a cargo del castillo y el territorio conquistado, siendo Sos una importante tenencia en la zona de las Cinco Villas, y problablemente la primera, al menos conocida, durante el reinado de Sancho el Mayor, con el tenente Jimeno Garcés (1006-1054), perteneciendo al reino de Pamplona hasta que en 1044 Ramiro I incorporó Sos a Aragón. 
             El régimen de tenencias fue el primer intento de organización administrativa, y suponía, según Antonio Ubieto, “una forma de gobierno, ordenación y aprovechamiento del reino donde el monarca delegaba, en determinadas personas, funciones miltares, administrativas, civiles, judiciales y otras”. Junto a las tenencias surgieron los espacios organizados en torno a los monasterios, habiendo historiadores que califican a los cenobios como los primeros ordenadores del territorio.

             Mientras avanza la reconquista, en 1170 el concejo de Sos llega a una avenencia con la orden hospitalaria de Castiliscar y delimita los términos de este concejo y las posesiones de los monjes de la Oliva en el término de Enciso[1]llegando a febrero de 1179, fecha en la cual el concejo y la abadía de San Esteban de Sos hace lo propio con el Hospital de Castiliscar, delimitando los términos entre ambas localidades.
Como se puede observar las actuaciones de los concejos tienen por finalidad en estos años establecer concretamente los lindes de su término, y justamente van a ser las Ordenes Militares y algunos monasterios los protagonistas de estas avenencias, pues los asentamientos en lugares abandonados o escasamente poblados obliga a los concejos a precisar limites hasta entonces muy vagos, adivinando tras esta situación, que la realidad a finales del siglo XII es que se ha producido un completo reparto de tierras, con lo que todas ellas tendrán un propietario, que ejercerá su autoridad y llevara una explotación del espacio lo más completa posible.
        Con el proceso de repoblación se crean municipios, concejos o bailías impulsados por importantes beneficios fiscales mediante cartas de población y controlados por súbditos de la Corona. Muchos de estos municipios recibían del rey el título de villas o ciudades de realengo, y también recibían fueros municipales y estatutos jurídicos privilegiados. La figura del bailio (baile) aparece en los documentos hasta el siglo XIV, se encargaba de administrar los bienes comunes de las Comunidades, Universidades y Concejos.El baile general de Aragón debía ser aragonés, no judío y caballero principal.
Por encima de las bailías se encontraba el merinado, que ejercía sobre ella la administración del patrimonio real, la jurisdicción gubernativa, judicial y militar, a cuyo frente figuraba un merino u oficial responsable en una determinada zona. Doce eran los merinados de Aragón: Barbastro, Huesca, Jaca, Calatayud, Ribagorza, Daroca, Sobrarbe, Las Valles, Tarazona, Teruel, Zaragoza y Ejea, perteneciendo Sos a éste último merinado. Debido a sus escasos rendimientos, el cargo de merino de Ejea estuvo siempre unido al de Jaca.
En el período cronológico de Pedro I a Pedro II, esto es, de finales del siglo XI a principios del XIII, se podría decir que Aragón confirma sus límites territoriales al amparo del avance reconquistador en primer lugar, dándose además la fijación de las fronteras con Navarra y Castilla. Sólo restaba determinar con mayor precisión las existentes entre Aragón y Cataluña, que quedaron definidas a lo largo del reinado de Jaime I y Jaime II.
        En el siglo XIII Aragón estaba dividido en nueve regiones que se llamaban juntas. Cada junta estaba regida por un sobrejuntero, que era nombrado por el rey, y cuya función principal era la de preservar el orden público, perseguir a los malhechores y castigar a los delincuentes de su demarcación, llamada sobrejuntería. Estas sobrejunterías eran las de Zaragoza, Huesca, Sobrarbe,Jaca y Tarazona, además de las Comunidades de Calatayud, Daroca, Albarracín y Teruel, que tenían un estatuto propio, aunque el número de juntas y sobrejunterías cambió constantemente a lo largo de los años. Sos, en un principio perteneció a la sobrejuntería de Jaca, para pasar más tarde a depender de la sobrejuntería de Ejea. A partir del siglo XIII dependieron del “Justicia de Aragón”, una imposición popular ante la autoridad regia.

               



































  El lento proceso de maduración institucional de la Diputación del Reino, unido a la progresiva organización del sistema hacendístico de Aragón, estimulado por las demandas y aprestos de la monarquía aragonesa, derivaría en la reforma de 1446. Para estas fechas,  los ingresos del reino eran insuficientes para sufragar todos los gastos, por lo que en las Cortes de Zaragoza de 1446 se empezaron a tomar decisiones dándose plenos poderes al arzobispo de Zaragoza y al Justicia de Aragón para nombrar sobrecullidores y reglamentar sus atribuciones.Se establece que desaparezcan los jueces que se nombraban cada vez que se imponía la recogida de “generalidades”; la administración ya no se arrendaba, sino que se realizaba directamente, para lo cual se establecen  “sobrecullidas”,  que recibirían las cantidades recaudadas por los “cullidores” y las entregarían a la Diputación, así como vigilarían los puntos de “cullida”. Aragón quedó dividido en las siguientes “sobrecullidas”: Huesca, Jaca, Aínsa, Ribagorza, Barbastro, Calatayud, Daroca, Albarracín,  Montalbán, Tarazona y Teruel. Zaragoza tiene también categoría de sobrecullida.  Sos y los municipios suesetanos quedarán integrados en la sobrecullida de Jaca, quedando la mencionada sobrecollida formada por los siguientes municipios: Ainsa, Ansó, El Bayo, Benasque, Berdún, Bielsa, Biescas, Canfranc, Castliscar, Echo,Ejea, Gistain, Jaca, El Real, Sadaba, Salvatierra (de Escó), Sallent de Gállego, Sos, Tauste, Tiermas, Torla, Uncastillo y Villareal (de la Canal)
Este sistema de culliderías permanecerá hasta mediados del siglo XVII.Sos fue una impotante “collida”, pues era puesto fronterizo por donde se importaba hacia Aragón carbón, hierro, acero y pescado del norte de la Península, y por aquí también pasaba parte de la exportación de trigo, aceite, paños jaqueses, papel, azúcar, algodón,  cítricos y dátiles.
En 1495 Fernando el Católico, con el fin de realizar un fogaje para la recaudación de un impuesto extraordinario en previsión de una posible guerra con Francia, dividió Aragón en 12 zonas geográficas o sobrecullidas a cargo de un sobrecullidor en cada una. Estas fueron: Zaragoza, Alcañiz, Teruel, Albarracín, Daroca, Calatayud, Tarazona, Huesca, Jaca, Aínsa, Barbastro y Ribagorza, estando Sos esta vez incluído en la sobrecullida de Tarazona.
A mediados del siglo XVII las Cortes de Zaragoza ordenaron realizar un nuevo censo y  se establece la división administrativa de las veredas, realizándose sobre la anterior de sobrecullidas,pero con algunas variaciones; la más importante  es el cambio de la antigua  sobrecollida de Montalbán en dos veredas:la de Montalbán y la de Teruel.
                      Este sistema administrativo se mantuvo hasta la publicación del Decreto de Nueva Planta de Felipe V en 1707, fecha en la que se introduce el sistema administrativo castellano. En Aragón habrá un   “Comandante General, a cuyo cargo esté el gobierno militar, político, económico y gubernativo de él”, también habrá “una Audiencia con dos Salas…”, se mantendrá el derecho privativo aragonés y se dividirá el territorio en el “Corregimiento” de Zaragoza y en 12 “partidos” más. Se suprime el Consejo de Aragón y se agrega al Consejo y Cámara de Castilla. Este decreto se impone en Aragón en 1711, desapareciendo las instituciones tradicionales y los fueros del reino. A pesar de que no hubo grandes diferencias, la Corona tuvo que transigir con viejas costumbres, como nombrar para los cargos públicos a naturales. También desaparecieron las Cortes de Aragón en 1709 y se integran en las Cortes de España. A pesar del esfuerzo uniformador no se pudo reintegtar a todos los señoríos, por lo que se mantuvieron muchas peculiaridades, que tendrán especial importancia en la recaudación de impuestos. Habrá provincias exentas, como Navarra y el País Vasco, y fiscalidad diferenciada para la Corona de Aragón.
Para esta nueva reforma se partía de dos puntos básicos: la existencia de once ciudades que serían cabeceras territoriales y de dos regiones históricas netamente diferenciadas; Cinco Villas y Ribagorza.
Los doce partidos en que se divide Aragón son los siguientes: Albarracín, Borja, Benabarre, Calatayud, Cinco Villas, Daroca, Tarazona, Teruel, Jaca, Alcañiz, Huesca y Barbastro, además de Zaragoza.
Sos perteneció al Corregimiento de las Cinco Villas, siendo además capital del mismo por deseo del momarca Felipe V dada la notoria fidelidad, ayuda y valentía demostrada por los habitantes de la Villa durante la guerra.
Como comenta A. Ubieto, la división presentaba incongruencias tales como seguir los cursos fluviales o las divisorias de aguas, pasando por alto la existencia de los términos municipales, con lo que se dio el caso de localidades cuyo término pertenecía a dos corregimientos.
Aunque posteriormente hubo dos sucesivos intentos de reforma administrativa en 1808 y 1813, como veremos a continuación, estos no se llevaron a efecto y fueron los corregimientos los que prolongaron su existencia hasta el año1833 en que entró en vigor la división de España en provincias.
El 7 de noviembre de 1808 y acorde con los requerimientos de Napoleón de establecer un “sistema común” entre Francia y España, José I encargó al coronel Francesc Amorós la presentación de una memoria sobre la división de España en departamentos o prefecturas. En 1810 se intenta ordenar el territorio dividiéndolo en 38 prefecturas y 111 subprefecturas, según el proyecto del cérigo Llorente: las prefecturas se llamarán de la misma manera que el nombre de la capital. Pese a que este proyecto nunca entró en vigor, sí fue ampliamente utilizado por las ciudades que reivindicaban su capitalidad en proyectos sucesivos, aportando su capitalidad en la división francesa como aval para conseguir la capitalidad de una provincia. Sos quedó encuadrada en la prefectura de Huesca.
En 1813 se encargará una nueva división provincial a Felipe Bauzá, que determina 44 provincias. Sin embargo estos cambios no se aprobarían, puesto que coincidieron con el regreso de Fernando VII, que supuso la vuelta al antiguo régimen, con ciertas modificaciones.

         En enero de 1822 se aprueba en las Cortes, con carácter provisional, una división provincial de España en 52 provincias, regidas por criterios de población, extensión y coherencia geográfica, no se respetan los límites tradicionales de las provincias y se caracteriza por su poco rigor histórico. Se eliminan enclaves de unas provincias en otras si pertenecen a distintos reinos, aunque se conservan muchos de estos enclaves. La caída del gobierno liberal y la restauración del absolutismo dio al traste con el proyecto, que nunca entró en vigor.
División de España en provincias
   Finalmente es en noviembre de 1833 cuando se dispone una nueva división de España en 49 provincias (muy similar al proyecto de 1822), que son las actuales y que ya no sufriría más cambios, a excepción de unas pequeñas modificaciones, como la división de Canarias en las dos provincias actuales.
    Por el decreto de 21 de abril de 1834 las provincias se dividen en partidos judiciales teniendo en cuenta los límites provinciales. La división de cada provincia en partidos judiciales canaliza la vida política y administrativa hasta el nivel local y define el ámbito de la administración de justicia. Las tareas de estado pasan desde la provincia y desde su Jefe Político hasta las cabeceras de los partidos judiciales, en el terreno de contribuciones, educación, registro de la propiedad, elecciones, etc…
Aragón quedó dividida en 31 partidos judiciales: 8 en Huesca (Jaca, Boltaña, Benabarre, Huesca, Barbastro, Tamarite, Sariñena y Fraga),13 en la provincia de Zaragoza ( Sos, Ejea, Zaragoza, Pina, Caspe, Tarazona Borla, La Almunia, Cariñena, Belchite, Ateca, Calatayud y Daroca) y 10 en la de Teruel (Calamocha, Albarracín, Montalbán, Yeruel, Aliaga, Mora de Rubielos, Híjar, Castellote, Alcañiz y Valderrobres)
Mapa comarcal de Aragón
El 11 de noviembre de 1965 se promulgó un decreto por el que se establecía una nueva demarcación judicial. Los 31 partidos judiciales aragoneses se redujeron a 14, número parecido con la división histórica de 12 sobrecollidas o 13 corregimientos. La provincia de Huesca se reduce a los partidos de Jaca, Boltaña, Huesca, Barbastro y Fraga; la de Zaragoza se queda con los partidos de Ejea (que vuelve a incluir Sos), Tarazona, Zaragoza, Caspe, Calatayud y Daroca; y la provincia de Teruel queda reducida a Calamocha, Alcañiz y Teruel
Las Delimitaciones Comarcales en Aragón se establecieron por ley en 1996, reservándose la denominación “legal” de Comarca a aquéllas cuya Ley de creación haya sido aprobada, una vez realizados todos los trámites pertinentes ,como el envío por parte del Gobierno de Aragón del correspondiente Proyecto de Ley, por las Cortes de Aragón. Aragón queda dividida en 33 comarcas.
La última distribución de partidos se hizo en 1998, quedando Sos incluído en el partido judicial de Ejea
                    Los municipios que  integraban la comarca de las  Cinco Villas eran 30 : Ardisa,Asín, Bagüés, Biota, Castejón de Valdejasa, Castiliscar, Ejea de los Caballeros, Erla, El Frago, Isuerre , Layana, Lobera de Onsella, Longás, Luesia, Luna, Navardún, Orés, Las Pedrosas, Piedratajada, Puendeluna, Los Pintanos, Sádaba, Sierra de Luna, Sos del Rey Católico, Tauste, Uncastillo, Undués de Lerda, Urriés, Valpalmas y Biel-Fuencalderas. Posteriormente se segregó Marracos de Priedratajada, pasando a ser 31.

En febrero de 2001, Cinco Villas era legalmente una Delimitación Comarcal. En septiembre de 2002, se aprobó por el Gobierno de Aragón el Proyecto de ley de creación de la Comarca de Cinco Villas que está integrada por 31 municipios anteriormente citados.


[1] A.H.N., Secc. Ord. Militares, carp. 654, nº 8 (A) 






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En la web:

-www.aragonesasi.com. Chusé María Cebrián Muñoz. Divisiones administrativas en Aragón