Los compromisarios reunidos en Caspe nombraron
sucesor de la Corona a Fernando “el de Antequera”.Varios puntos influyeron en su elección: sus ascendientes políticos,el gran poder económico que poseía, el sólido prestigio militar y el gran ejército castellano a su disposición, el apoyo de nobles familias aragonesas, valencianas y catalanas, el apoyo de Benedicto XIII y el de su confesor Vicente Ferrer... El 22 de junio de 1412 fue elegido como futuro monarca y el 28 del mismo mes se comunicó públicamente.
Cuando Fernando I llegó al
poder, y tras dos años de interregno donde hubo alteraciones de todo tipo:
bandolerismo, luchas internas, mala administración, inflación, etc, la principal tarea de Fernando I en sus cuatro
años de reinado (1412-1416) fue restablecer el orden y reorganizar la hacienda
real y, especialmente la situación de Zaragoza, para lo cual dictó unas
ordenanzas en 1414 que consolidaron el poder de la oligarquía urbana.
Fernando I "el de Antequera" |
También
tomó medidas para paliar la crisis económica, que no sólo había llevado a
endeudar el patrimonio real, sino que había encarecido productos de primera
necesidad, como el trigo, lo que afectaba a toda la población. Para tratar de
solucionar este problema aumentó la presión fiscal e inició diversos procesos
judiciales con la intención de recuperar rentas enajenadas al patrimonio real
desde tiempo atrás; además, hizo numerosos viajes por todos los territorios de
la Corona para conocer su situación y actuar directamente atendiendo a
problemas concretos en cada lugar. En este contexto de crisis económica y en
cierta medida social, cuajó la prédica antisemita del dominico Vicente Ferrer y
se desató una ola de violencia contra los judíos en todos los territorios de la
Corona que el rey no hizo nada por atajar.
Del archivo de la Corona de Aragón extraemos unos documentos de las” rentas reales de Aragón” relativas a Sos en los que se advierte parte del proceso realizado por el Rey Fernando I en la dura tarea de reorganizar la hacienda de la Corona para encauzar la economía y rendimiento del tesoro real en Aragón, y que forma parte del cabreo realizado en el período 1412-1416:
(Fol. 130 r.)
Rendas de la villya de Sos.
Los
de la dita villya de Sos son franquos et liberos de toda peyta, morabatí et
servitut, por privilegio. Arnaldus del Calbo, Notarius.
Item,
ha el Senyor Rey en la dita villya derrito de huest et cavalgada quando él o su
primogenito yran en guerra[1].
Arnaldus del Calbo. Notarius.
Rendas de la Aliama de los judíos de Sos.
Primerament,
recibe el Senyor Rey sobre la dita aliama de judíos por razón de peyta
ordinaria, en cadaun anyo, seiscientos sólidos jaqueses[2].
Arnaldus del Calbo, Notarius. DC sóls. jaqs.
Item,
a otra part ha el dito Senyor Rey en et sobre la dita aliama de drytos suyos en
cadaun anyo Cincientos sólidos jaqueses. Arnaldus del Calbo, Notarius. D sóls.
jaqs.
(Fol. 130v.)
Asignaciones feytas sobre las ditas rendas.
De
las quales rendas de la dita Aliama recibe en Oían d’Arbissa, scudero, habitant
en Çaragoça, los ditos seiscientos sólidos de la dita peyta ordinaria por
vendición a él feyta por el Senuor Rey don Oían mediant carta de gracia.
Arnaldus del Calbo, Notarius.
Item, los restantes
Cincientos sólidos annuales son asignados por cavallerías a los nobles
d’Aragón;[3]
et, por tanto, no sen es feyta aplicación. Arnaldus del Calbo, Notarius.
Rendas y
dreytos al dito Senyor Rey et su corona real pertenecientes en el lugar del
Real et términos de aquel sitiado en la frontera de Navarra.
En
el dito lugar del Real et en los términos de aquel ha el Senyor Rey los
herbajes et dreytos de aquellos, los quales han seydo aplicados por los dytos
judges en el patrimonio del dito Senyor, reservado a los habitadores del dito
lugar que en los ditos términos pueden tener et paxentar sus proprios ganados,
grossos o menudos. Et los ditos herbages se deven arrendar por los officiales
del Senyor Rey[4].
Arnaldus del Calbo, Notarius.
(Fol. 131r.)
Ruyta.
En aquesti lugar ha el Senyor Rey el herbage, el qual
prende el Alcalde del Castiello, por reticencia[5].
Arnaldus del Calbo, Notarius.
Fernando I tuvo una nutrida
descendencia y para que no sucediera lo
que pasó con su tío Martin I…nombró heredero a su primogénito Alfonso V,
quien, siguiendo la costumbre, comenzó a colaborar activamente en las tareas de
gobierno a las órdenes de su padre(Continuación).
[1] Están libres de todo impuesto los
vecinos de Sos, quedando reservado al Rey o a su primogénito el derecho de
Hueste y cabalgada. En el año 1294 pagaban los cristianos por casa o por pieza
de tierra, que valiera 70 sueldos, 3 sueldos anuales de impuesto; 100 cahíces
de cereal panificable, mitad trigo y mitad cebada-global para todo el lugar-,
los molinos (de seis ruedas); la mitad de la renta de los hornos, las multas de
la honor y del merendado; el peaje, que se pagaba en Hull (Ull); las sacas, en la misma forma que en Sádaba,
o sea, que “…segunt que lo ordeno el
Señor Rey don Alfonso…” para aceite, lana o estambre, cueros, cera,
pimienta, azafrán y vid ( Bofarull, Co. Do. In., 39, 261.); el justiciado y los
derechos de notaría que también eran para el Rey ( Bofarull, Co.Do.In., 39,
266-267.) En el año 1315 seguían pagando los tres sueldos por casa o pieza de
tierra y el tributo global de los 100 cahíces de trigo y cebada. El tributo de
los hornos estaba señalado en 300 sueldos que los percibía quien tuviera el
castillo a beneplácito del Rey (Bofarull, Co.Do.In., 39, 156).
[2] El tributo de los judíos está casi
triplicado, puesto que la peyta ordinaria
asciende a 600 sueldos, cantidad que en 1294 alcanzaba solamente los 300, más
las multas o calonias (Bofarull,
Co.Do.In., 39, 267). Ahora se inventarían éstos 600 sueldos, más otros
quinientos sueldos anuales, por derechos reales que no se especifican.
[3] Las caballerías, generalmente
concedidas por asignación real, no era enajenación.
[4] En los inventarios antiguos no
aparece este lugar fronterizo. (recordemos que lo fundó Jaime II hacía poco más
de un siglo)
[5] Sobre el castillo de Ruyta en el año
1294. (Bofarull, Co.Do.In., 39, 322 y 323). Recibía su custodio, por
reticencia, 450 sueldos: 300 a cobrar sobre los derechos de cena de Castelliscar y 150 sobre la cena del lugar de Naverduno. El Alcalde ha de impedir que nadie se
apropie los herbajes, ni corte leña, ni haga carbón en términos del castillo.
BIBLIOGRAFÍA
-BOFARULL, P. y MASCARÓ. Colección de documentos inéditos del
Archivo General de la Corona de Aragón. T. XXXIX. Barcelona, 1871.
-SARASA SÁNCHEZ, ESTEBAN. Aragón en el reinado de Fernando I, 1412-1416: gobierno y administración, constitución política, hacienda real. I.F.C. Zaragoza, 1986.
-SARASA SÁNCHEZ, ESTEBAN. "La Hacienda real de Aragón en el siglo XV", en Historia de Hacienda española: (épocas antigua y medieval), pp. 823-844. Ministerio de Hacienda. Instituto de Estudios Fiscales. Madrid, 1982.
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-VENDRELL GALLOSTRA, FRANCISCA. Rentas reales de Aragón de la época de
Fernando I (1412-1416) Colección de Documentos Inéditos del Archivo de la
Corona de Aragón (segunda época)Vol. XLVII. I.U.E.M., U.A.B., Barcelona, 1977.
-VV.AA. La
Corona de Aragón en el centro de su historia. El interregno y el Compromiso de
Caspe (1410-1412) Ángel Sesma Muñoz (director científico)
Gobierno de Aragón. Zaragoza, 2010.
-Coleccionable:
Reyes y Reinas de Aragón. Heraldo de Aragón.
En
la web:
-https://es.wikipedia.org. Fernando I de Aragón.
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