Aristóteles dijo, y es cosa verdadera,
que el hombre por dos cosas trabaja: la primera,
por el sustentamiento, y la segunda era
por conseguir unión con hembra placentera.
(Juan Ruiz, Arcipreste de Hita)
La sexualidad en la Edad Media, como en casi todos los aspectos relacionados con la vida cotidiana, estaba controlada y dirigida por la Iglesia, al menos en teoría, porque en realidad luego cada cual daba rienda suelta a su imaginación o se dejaba llevar por sus instintos de placer, pese a las amenazas de la Iglesia que en algunos casos llegó incluso a castigar con la muerte a todo aquel que se alejara de las normas y directrices dictadas.
El acto sexual en sí mismo
estaba considerado como algo execrable, por lo tanto, prohibido. Únicamente
la sexualidad era lícita si se practicaba dentro del matrimonio y sólo con
fines reproductivos. Solamente en este caso estaban justificadas las relaciones
sexuales, puntualizando que no debería haber placer en el coito, pues el placer
viciaba desde el principio el propósito reproductivo. Ya en el siglo XIII Tomás
de Aquino decía que “el hombre que manifestaba deseo por su esposa la estaba
tratando como a una prostituta”.
El tamaño del pene podía ser motivo de nulidad del matrimonio |
Pero no podías concebir a tu
vástago cuando quisieras, la Iglesia también imponía los días en los que se
podía tener sexo o no. Por ejemplo, estaba prohibido mantener relaciones de
jueves a domingo, o sea, que entonces, de lo de “sábado, sabadete…”, ni
pensarlo. Igualmente tampoco se podían mantener relaciones durante el día; sólo
eran lícitas por la noche. También estaban prohibidas durante la Cuaresma, los
40 días previos a la Navidad, los 40 días previos y los ocho posteriores a la
fiesta de Pentecostés , las fiestas religiosas, la octava de Pasión, los días
de ayuno, cinco días antes de recibir la comunión y uno después, y los días en
que se celebrara a un santo; o sea, que si tenías un calentón a las 10 de la
mañana te tenías que aguantar, si lo tenías por la noche pero era viernes o resultaba
que era Diciembre o los días previos a Pentecostés,o llevabas intención de
comulgar, o…. también; todo un calendario de días y horas prohibidas que había que
tener en cuenta para no pecar (unos 240 días del año. Más las noches de los 125
restantes). Y por si esto fuera poco, si por una de las casualidades el calentón
surgía dentro de los días y horas permitidos pero la esposa no se encuentra en
el hogar porque se ha ido a casa de sus padres para hacerles una visita,
tampoco dejaban autocomplacerte, pues la
masturbación masculina estaba severamente reprimida, y esto es debido a que la Iglesia tenía verdadera obsesión con el desperdicio del semen, mientras que,
paradójicamente, la femenina no suscitaba tanto interés en las autoridades
eclesiásticas, aunque también era castigada por descuidar sus obligaciones de
esposa para con la procreación. Para la mentalidad
eclesiástica de la época el único destino del semen era la vagina de la mujer
con el único fin de procrear, y toda práctica sexual fuera de esta finalidad
era una perversión fuertemente reprochable y pecaminosa, porque el desperdicio
del semen iba contra el fin de la procreación, por lo que también estaban
prohibidas las relaciones anales, la fornicación interfemoral, la
homosexualidad masculina, la fornicación con animales ,el sexo oral….y todo acto
en el que el fluído masculino no tuviera el único destino permitido, la vagina
de la mujer. La homosexualidad femenina se toleró más porque su práctica no
entrañaba derramamiento de semen.
La única postura aceptada era la del "misionero" |
Para evitar el deseo carnal,
considerado por la Iglesia como una enfermedad, a los hombres se les
recomendaba que se practicaran sangrías en las venas superficiales de los
muslos, y a las mujeres lavativas de incienso en la vagina.
Las penitencias que solía
imponer el Clero ante la transgresión de las normas de la Iglesia en materia de
relaciones sexuales se recogen en los
“penitenciales” de la Alta Edad Media. Una especie de manual en el que
orientaban al clero sobre las penitencias que debían imponer a los pecadores
según el grado de “pecado” cometido, y que variaban desde “arrepentirse hasta
el final de sus días” por eyacular en la boca a “ayunar durante quince años”
(una serie de días concretos al año) quien fornicara con un animal o a siete
años de penitencia por practicar la homosexualidad masculina o a tres la
femenina. Los penitenciales se prohibieron en el Consejo de París del año 829
debido a la disparidad de los castigos que se imponían, pero se siguieron
utilizando hasta el siglo XII.
Hasta el siglo XIII se trató la
sodomía como un pecado más, al que se le aplicaba la penitencia oportuna, pero
a partir de 1250 se empezó a identificar la sodomía con la herejía y a
castigarse con la horca, la hoguera o la castración.
El adulterio de una mujer se
castigaba con extrema severidad, ya que mancillaba el honor del marido,
castigando a la adúltera a la confiscación de la dote, humillaciones en público
de diferentes maneras, torturas, expulsión del hogar e incluso la muerte,
castigo en el que, con frecuencia, era acompañada por su amante.
También era castigado el aborto
y el infanticidio. Se condenaba a muerte tanto a quien preparara hierbas
abortivas como al que incitara a tomarlas; igualmente se castigaba con la
muerte al infanticida pero, siendo benevolentes, sólo se castigaba, a veces,
con la ceguera.
La prostitución era considerada como "un mal necesario" |
Las prostitutas contribuían a que
los jóvenes perdieran la virginidad a temprana edad, a saciar los deseos de la
población masculina, protegiendo así a
sus esposas y al resto de mujeres de posibles violaciones, a las que respetaban.
Si un hombre quería realizar determinadas prácticas prohibidas, se aceptaba que
las buscara fuera de casa en lugar de proponérselas a su esposa. Además la
prostitución era una importante y constante fuente de ingresos económicos para las ciudades.
En la Edad Media una cosa eran las normas y
otra muy distinta el cumplimiento de las mismas, ya que fueron los propios
clérigos quienes fueron los primeros en saltarse sus propios mandatos (ver); y
si el mismo clero se saltaba a la torera las normas de la Iglesia…¿qué no iba a
hacer la plebe? Andrea Capellanus nos lo cuenta en su tratado “sobre el amor”,
de 1184, más conocido como “El arte del amor cortés”: ……"la plebe no practica la caballería del amor, sino que, como el caballo y el asno, tienden naturalmente al acto carnal"
No obstante, y a pesar de todo, en la concepción medieval teocrática del ser humano, la castidad era el grado superior al que podían aspirar tanto los hombres como las mujeres, existiendo una gran presión para que todos ellos ingresaran en monasterios y conventos, y en cuanto a los matrimonios y los actos sexuales practicados en el mismo, si se cumplía con las normas establecidas, era admitido pero, en cuanto a virtud, nada era comparable con una vida consagrada a la abstinencia, que proporcionaba directamente la salvación de las almas.
No obstante, y a pesar de todo, en la concepción medieval teocrática del ser humano, la castidad era el grado superior al que podían aspirar tanto los hombres como las mujeres, existiendo una gran presión para que todos ellos ingresaran en monasterios y conventos, y en cuanto a los matrimonios y los actos sexuales practicados en el mismo, si se cumplía con las normas establecidas, era admitido pero, en cuanto a virtud, nada era comparable con una vida consagrada a la abstinencia, que proporcionaba directamente la salvación de las almas.
BIBLIOGRAFÍA
-BRUNORI, RODRIGO. “El sexo en la Edad
Media. El inútil deseo de suprimir el deseo humano.” Revista Muy Historia, nº
98, pp. 42-51.
-ESLAVA GALÁN, JUAN. Historia secreta del
sexo en España. Temas de hoy. Madrid, 1996.
-MARTOS RUBIO, ANA. Historia medieval del
sexo y el erotismo. Nowtilus. Madrid, 2008.
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